¿Por qué la empresa eléctrica nos podría multar?

¿Por qué la empresa eléctrica nos podría multar?

                                                                                                                                                                 

Para poder contestar la pregunta de ¿Por qué la empresa eléctrica nos podría multar?desarrollaremos paso a paso algunos conceptos claves para saber de qué estamos hablando:

Primero: ¿Tenemos que entender que es lo que pagamos? Nosotros pagamos por los siguientes consumos:

KW/H: El consumo en Watts es la cantidad de energía eléctrica que consume cada aparato eléctrico por hora. Así tenemos entre aparatos eléctricos domésticos como focos, lavadoras, planchas, cocinas eléctricas, secadoras, etc. y equipos industriales como tornos, cortadoras, Zisayas, Lavadoras industriales, Máquinas de cocer, etc. Dicha energía es aquella que es utilizada por la máquina para realizar un trabajo.

KVAR/H: Es aquella energía que no ejecuta ningún trabajo, sin embargo, pagamos por ella. ¿Pero cómo podemos entender esto? Pasaremos a citar un ejemplo:

Analicemos el funcionamiento de cualquier máquina desde una licuadora casera hasta un motor eléctrico industrial de 100 HP (Es de gran capacidad). Estos aparatos han sido diseñados al 98% de eficiencia, ya que sabemos que ninguna máquina es perfecta y la diferencia de 2% es la ineficiencia del motor que se ve reflejado en los KVAR que nos cobran en el recibo por el consumo de energía eléctrica.

Segundo: Tenemos que saber la representación vectorial de lo que pagamos

En resumen, cada fábrica, domicilio e industria paga tanto la Potencia útil por hora (kW/h) y Potencia Reactiva por hora (KVAR/H). Pero en la figura se puede notar 2 tipos de Potencia Reactiva que definiremos a continuación:

Energia capacitiva

Potencia Reactiva Inductiva:

Es aquella energía utilizada para la creación de campos eléctricos que producen algún trabajo o transformación de energía como: los motores eléctricos que producen movimiento, transformadores eléctricos que transforman un voltaje a otro, etc.

¿Cómo se puede corregir esta energía?

  • Primero se deberá conectar un analizador de redes a ala entrada de la red eléctrica por 3 días para poder diagnosticar de que energía reactiva queremos corregir.
  • Segundo: Si se trata de Energía Reactiva Inductiva se tendrá que diseñar un banco de condensadores

Potencia Reactiva Capacitiva:

Es aquella energía generada por la sobrecompensación de energía. ¿Y, como se traduce esto? Pues en términos sencillos se podría entender por aquella energía que no es útil y que es generada por estos aparatos:

  • Alumbrado electrónico tipo leds
  • Servidores, Ordenadores, Ofimática
  • Compensaciones fijas de condensadores
  • Largas líneas de distribución de energía
  • Motores asíncronos

¿Cómo se puede corregir esta energía?

  • Primero se deberá conectar un analizador de redes a la entrada de la red eléctrica por 3 días para poder diagnosticar de que tipo de energía reactiva queremos corregir.
  • Segundo: Si se trata de Energía Reactiva capacitiva se tendrá que diseñar un reactor inductivo
Cuáles son las multas originadas por no corregir dicha energía

¿Cuáles son las multas originadas por no corregir estas energías?

Según el artículo 16 de la resolución 206-2013-OS-CD Norma “Opciones tarifarias y condiciones de aplicación de las tarifas a Usuarios final, dice:

Artículo 16°.- Facturación de Energía Reactiva La facturación por energía reactiva se incluirá en las opciones tarifarias MT2, MT3, MT4, BT2, BT3 y BT4 de acuerdo a lo siguiente:

  1. Consumo de energía reactiva inductiva hasta el 30% de la energía activa total mensual. Sin cargo alguno.
  2. Consumo de energía reactiva inductiva que exceda el 30% de la energía activa total mensual. La facturación del exceso de la energía reactiva inductiva es igual al producto de dicho exceso por el costo unitario (expresado en S/./kVAR.h), según se muestra en las siguientes relaciones: Factura = kVAR.h en exceso x CER CER = Cargo por energía reactiva, expresado en S/./kVAR.h
  3. No está permitida la inyección de energía reactiva capacitiva a la red. En todo caso, la empresa de distribución eléctrica deberá coordinar con el usuario la forma y plazos para corregir esta situación. De no cumplir con la corrección dentro de los plazos acordados entre las partes, la empresa de distribución eléctrica podrá facturar el total del volumen de la energía reactiva capacitiva registrada por el doble de la misma tarifa definida para el costo unitario de la energía reactiva inductiva. Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final Página 25 de 40
  4. La facturación de energía reactiva deberá realizarse sobre la base de la medición mensual de la misma.

Es importante tener en cuenta que este hecho genera perturbaciones en el sistema eléctrico, lo cual afecta no solo a sus instalaciones, sino también a la de la empresa eléctrica y los predios vecinos, por lo que desde ya son responsables por los probables perjuicios y/o ocurrencia de accidentes que esta situación podría generar.

Conclusiones

Evitar que se produzcan energías reactivas inductivas y capacitivas es de vital importancia para todas las empresas. Debido a que pueden evitar sanciones, multas y cobros excesivos por parte del proveedor de energía eléctrica. Normalmente, las empresas no le dan importancia hasta que les llega un recibo con montos altos o un comunicado de la empresa eléctrica indicando sobre las sanciones que aplicaría.

Felizmente, existen soluciones para la generación de estas dos energías reactivas, pero tienen que ser hechas por profesionales y con equipos fabricados a la necesidad de cada cliente. En SIOCORP contamos con más de 12 años de experiencia brindando soluciones eléctricas para todas las empresas y nos destacamos por la personalización en la fabricación de equipos que ayuden a las empresas a no parar su producción ni sus metas empresariales.

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